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DOS VARAS DE MEDIR :AIDU TIBI RECLAMA AL AYUNTAMIENTO UN TRATO MÁS JUSTO Y MENOS DISCRIMINATORIO PARA LAS URBANIZACIONES



¡¡¡Dos varas de medir!!!


Entre los compromisos que adquirimos como Agrupación Electoral (AIDU-Tibi) en las últimas elecciones, se encontraba el de convertirnos en vigilantes de la coherencia , rectitud y sentido común de la acción política en la Corporación Municipal y actuando en defensa de estos principios, como Concejala, he decidido presentar una reclamación con respecto a la subvención solicitada a Diputación para “Instalaciones culturales en edificios de titularidad pública”.
Cuando en la Biblioteca de Tibi los libros están por el suelo ante la falta de estanterías, cuando no se puede permanecer en sus instalaciones por las elevadas temperaturas en verano (30º) y cuando sus ordenadores han quedado totalmente obsoletos, eso en el caso de que funcionen; en la solicitud a Diputación se destinan 2000 euros para la compra de una cámara fotográfica y unos walki-talkis para la comisión de fiestas, que ni es una instalación ni es de titularidad pública porque es una asociación privada.
Es vergonzoso que se nieguen a colaborar en las pequeñas necesidades de las urbanizaciones (como por ejemplo unas simples señales de tráfico), alegando precisamente que son “privadas” e incluso del Diseminado (con caminos de titularidad pública inaccesibles); sin tener en cuenta que gracias a los impuestos que paga la población de estos núcleos, se llevan a cabo obras, algunas de ellas faraónicas y otras innecesarias y se dota con  importantes ayudas a un número cada vez más elevado de asociaciones auténticamente privadas; que tal vez deban ser subvencionadas pero al igual que el resto de población del término municipal.
¡¡¡ Si tod@s tenemos las mismas obligaciones, tod@s tenemos los mismos derechos!!!.

Al menos nosotros queremos manifestar nuestra disconformidad con esta situación y denunciar, por una parte, aquellas  irregularidades que puedan cometerse (como en el caso del destino de la subvención de la Diputación), y, por otra, el gravísimo agravio comparativo entre los habitantes de Tibi.

A continuación reproducimos el escrito presentado por nuestra concejal Julia Cartagena ante el Ayuntamiento:

EXPONE:        

1.- Que en la convocatoria de Subvención para Instalaciones Culturales de       titularidad municipal 2015, publicada en el B.O.P. de 2-01-2015; en el apart. b) “Requisitos de los beneficiarios” dice:
      “Ser titular del inmueble en el que se ubique la instalación cultural objeto del equipamiento”. 
Asimismo se indica que “la solicitud hará constar que se reúnen los requisitos exigidos en las bases específicas para ser beneficiario de la subvención”

En las bases de la convocatoria se exige certificación del Secretario en la que se acredite la titularidad municipal del inmueble en el que se ubica la instalación cultural a la que va destinado el equipamiento.

2.- Que en la Memoria valorada consta material audiovisual por valor de 2000 euros (cámara de fotos y equipos walkis) destinados a la Comisión de Fiestas, asociación privada, que no es “instalación cultural” de titularidad municipal.

3.- Que la Secretaria sólo certifica que el Teatro y la Biblioteca son de titularidad municipal sin hacer ningún tipo de referencia a la Comisión de Fiestas.

4.- Que en la solicitud formulada por  el Alcalde no se cita que parte de la subvención se destinará a la Comisión de Fiestas e incluso en el apart.4º de dicha solicitud el propio Alcalde declara bajo su responsabilidad que el Ayuntamiento al que representa:
a)     “Reúne los requisitos específicos exigidos en la convocatoria” lo que no se corresponde con parte de lo presentado en la Memoria valorada.

5.- Que la Biblioteca es una instalación por excelencia que debe reunir condiciones óptimas para los usuarios, para que sea un lugar de estudio, de trabajo y de encuentros culturales; habiendo constancia de  que falta equipamiento como: numerosas estanterías, equipos informáticos y sistema de climatización.

6.- Que el Ayuntamiento puede y debe promover ayudas a esta asociación en beneficio de las fiestas locales, pero dentro de la línea presupuestaria apropiada o subvenciones al efecto, en cumplimiento de la legalidad vigente.

7.- Que en la Base Séptima de la citada convocatoria, en su apart.2 se establece que “concedida la subvención se permitirá la modificación del equipamiento, debiéndose presentar una nueva solicitud”.

8.- Que, teniendo conocimiento de esta situación, de no rectificarse la aplicación de la subvención, se podría incurrir en ilegalidad manifiesta.


SOLICITA:


Que, de acuerdo con la Base Séptima de la convocatoria, una vez concedida la subvención, se presente una nueva solicitud con las modificaciones pertinentes que cubran las necesidades de la Biblioteca en cuanto a estanterías, medios informáticos y climatización.

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